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viernes, 9 de julio de 2021

El chavismo destruye el salario en el sector educación


Los acuerdos del pasado miércoles 7 de julio de 2021, entre la representación de los Trabajadores de la Educación (docentes, administrativos y obreros) y el patrono, representado por el Ministro de Educación, Eduardo Piñate, debilitan aún más el concepto de salario, concebido como una conquista histórica de los trabajadores, e impone categorías de la tecnocracia neoliberal que ni siquiera están presentes en la normativa laboral vigente. Pero veamos primero lo acordado y si realmente hay logros o avances.

El patrón presentó en la mesa de negociación, y lamentablemente fue aprobado por la representación sindical, lo siguiente:
  • Fusión del Bono de Transporte (Cláusula 67 Prima de Transporte IICCUU) y el de Alimentación (Cláusula 58 Bono de Alimentación-Cesta Ticket- ICCUU) por un monto mensual de 46 millones de Bs para activos, jubilados y pensionados pagados a través de la plataforma patria. La coalición sindical había solicitado 0,75 Petro para docentes activos urbanos y 1,5 Petro para los de área geográfica fronteriza. Valor del Petro para el jueves 8/7/2021: Bs 182.877.504,00. No se precisa en el acuerdo suscrito fecha de pago.
Observación: Grave el haber fusionado una cláusula con incidencia salarial como la de transporte y una sin incidencia salarial como el bono de alimentación. Esta podría ser la razón por la que no se precisó en el acta, si tiene o no carácter remunerativo. Por tanto, pensamos que por su monto y definición, este beneficio es el mismo que comenzó a cancelarse en el mes de junio al sector salud y extendido al resto de la administración pública con un monto menor. En consecuencia, no se puede decir que fue un logro nuevo, pues ya se nos había adjudicado unilateralmente por el gobierno como “bono de transporte y alimentación”. La diferencia está en que este acuerdo va más allá al convertir dos cláusulas contractuales en una sola, pues se elimina el carácter salarial del bono de transporte, que afecta a los trabajadores activos al quedar fuera para los cálculos del bono vacacional y el bono fin de año, así como de las prestaciones sociales al terminar la relación laboral. Se debilita de esta forma aun más el concepto de salario integral y se avanza en la destrucción del salario en la administración pública.

  • Se acordó una Prima de Trabajadores de la Educación, activos y jubilados por Ayuda Asistencial y del Hogar, de un 40% sobre el "ingreso integral" (salario mínimo más cesta tiques, equivalente en estos momentos a 10.000.000 de Bs.) Actualmente dicha prima sería de 4.000.000 de Bs.

Observación: El acuerdo no dice si tiene carácter remunerativo ni fecha de pago. Se modifican y fusionan las cláusulas 56 de la IICCUU (Contribución Asistencial al Jubilado) con la cláusula 72 Prima por Gastos del Hogar (prima ésta última que no percibían los docentes y siendo de carácter salarial). La parte sindical solicitaba por el Bono Contribución Asistencial al Jubilado y Pensionado, 2 Petros y por la Prima de Gastos del Hogar, 1 Petro.

  • Complemento Especial de Protección y Estabilidad Económica para todos los trabajadores activos, jubilados, administrativos y obreros. Pago mensual de un bono (sin incidencia salarial) del 80% del sueldo base, más la prima de antigüedad y la prima de profesionalización.

Observación: En la IICCUU el monto era de un 40% sobre el sueldo y la asignación base e igualmente no tenía carácter salarial. Se mejora la base de cálculo al incorporar la prima de antigüedad y la prima de profesionalización. Sin embargo, su monto será desigual, pues los porcentajes de la prima de antigüedad para activos son diferentes (no así en los jubilados que es de 60%) y por otro lado, no todos los trabajadores tienen prima de posgrado o profesionalización. Es un error haber permitido esta desigualdad, pues debió mantenerse su razón de ser universal. No se precisa fecha de pago.

  • La representación sindical solicitó un Bono Único pagadero una sola vez por los 18 meses que estuvo solapado el sueldo base de los docentes, sin mencionar monto alguno. Finalmente los  sectores administrativo y obrero solicitaron revisión y actualización de la cláusula 71 Prima Compensatoria. Están pendientes revisión de las cláusulas 38, 39 y 59 relacionadas con los seguros funerarios, HCM y Tabulador Salarial.

Como dijimos al principio, se incorporan en estos acuerdos conceptos como el de “ingreso mínimo integral” que no está contemplado en la Constitución ni en la Ley del Trabajo. El artículo 104 de la LOT es muy claro e inequívoco en la definición del salario. Por otro lado, aceptar la fusión de cláusulas sin incidencia salarial con aquellas que si la tienen, afectará negativamente los pasivos laborales de los trabajadores activos y cuando cese la relación laboral o sea jubilado el trabajador cobrará pírricas y simbólicas cantidades que no servirán para nada.

Lo que han suscrito las partes no es más que la bonificación del salario, práctica que caracterizó a los gobiernos anteriores (Lusinchi y Caldera II), que llevó a varias centrales obreras, abogados laborales como Fabián Chacón e incluso, a muchos de los actuales ministros como el actual de Educación Eduardo Piñate, a solicitar ante la extinta Corte Suprema de Justicia que se salarizaran los bonos, (cuestión que se logró con la movilización de los trabajadores en ese entonces), pero que ahora el régimen chavista los vende como algo "revolucionario" cuando en realidad no es más que parte de la política de flexibilización laboral que ha caracterizado al chavismo en el poder, y con la cual los trabajadores pierden beneficios, derechos y conquistas. Hoy siendo gobierno, hacen lo que cuestionaban en tiempos del bipartidismo.

El pago del Bono de transporte y de alimentación a través de la plataforma patria, es excluyente porque estaría dejando por fuera a muchos trabajadores de la educación y sobrevivientes que actualmente no se les cancela el Bono Simón Rodríguez ni otros bonos, como sucede con educadores dependientes de algunas gobernaciones y alcaldías. Por tanto este beneficio, de no corregirse esta exclusión, perdería su carácter universal y como tal sería una inaceptable discriminación.

La fusión de cláusulas, perdiendo algunas de ellas su condición salarial, así como la posible exclusión de trabajadores en el goce de algunos beneficios como se ha indicado arriba, y la privación del carácter universal beneficios, son acciones violatorias de principios como la justicia social, la solidaridad, la irrenunciabilidad, intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que son nulos los acuerdos que impliquen renuncia y menoscabo de esos derechos. Según los artículos 18 y 19 de la LOT podrán hacerse transacciones que mejoren y superen las cláusulas previas, pero no desmejorarse.


Creemos que estos cambios no deben evaluarse por los montos en Bs obtenidos, hay que ver si hacia el futuro afectan a los trabajadores, los activos cuando dejen de percibir montos importantes por efecto de la liquidación del carácter salarial de algunas de las cláusulas que hoy están siendo modificadas para mal y no para bien. Es muy claro el Artículo 434 de la LOT cuando expresa que” la progresividad de los beneficios de la convención colectiva de trabajo no podrá concertarse en condiciones menos favorables para los trabajadores y trabajadoras que las contenidas en los contratos de trabajo vigentes.”… Y si las partes convienen en cambiar o sustituir algunas de las cláusulas establecidas, por otras distintas que consagren beneficios superiores (si fuere el caso), es “condición necesaria para la aplicación de este artículo indicar en el texto de la convención, con claridad, cuáles son los beneficios sustitutivos de los contenidos en las cláusulas modificadas (…) debiéndose dejar constancia de la razón del cambio o de la modificación.”.
Y este precepto no fue observado en los acuerdos. Creemos que aún hay tiempo de enmendar estos “errores” y evitar se materialice una flagrante violación a normas de orden público y se continúe destruyendo el concepto salario de los trabajadores venezolanos.


Pedro García

Presidente de la Asociación de Educadores Jubilados, Pensionados Unidos de la Región Capital.- ASOCEJUPRC-

Julio de 2021

sábado, 12 de octubre de 2019

Alerta al magisterio venezolano: ¡No a la trampa del salario social!


El gobierno prepara la ejecución de otro paquete anti-laboral disfrazado de nuevos beneficios, cuyo principal objetivo es seguir metiéndole mano al bolsillo de los trabajadores para cubrir su déficit presupuestario que le permita cancelar religiosamente la deuda pública.

La escalada de la protesta de los educadores, quienes venimos exigiendo desde el año pasado sueldos dignos en correspondencia con la hiperinflación, ha contagiado de entusiasmo a otros sectores de trabajadores que se aprestan a salir a la calle, lo que preocupa al gobierno. De allí el posible adelanto del anuncio de unos supuestos beneficios salariales que no son tales y que implican un mayor retroceso en el patrimonio económico de la clase trabajadora.

Vienen cocinando desde hace un tiempo una nueva trampa con el visto bueno de organizaciones sindicales patronales y genuflexas.

Se trata de incorporar como parte del salario normal (aquel que permite las condiciones de reproducción del trabajador) el concepto liberal de "salario social", es decir, incorporar derechos ciudadanos y establecidos en la Constitución.

Estos derechos inalienables y de obligatorio cumplimiento por parte de todo Estado, son entre otros: el derecho a la vivienda, a la alimentación , a la salud y la seguridad social y no pueden ser sumados como parte del salario, pues se estaría desmejorando el concepto, razón y ser del mismo con las consecuencias negativas que esto implica.
Aceptar la trampa del "salario social", implica menos salario normal para la base de cálculo de las prestaciones sociales del trabajador, siendo esto una nueva estafa y despojo del patrimonio económico de los trabajadores y su familia.

El "salario social", como concepto legal, no está establecido en la Ley del Trabajo. Que los mercados a cielo abierto, los CLAPS, los servicios de salud primaria a través de los inexistentes CDI, del desmejorado IPASME, Seguro Social, del otorgamiento de viviendas vía GMVV, entre otros, formen parte del salario, es lo que todos los trabajadores deben rechazar contundentemente, porque de aceptarse, sería sepultar las conquistas laborales históricas de los trabajadores venezolanos.

Por otro lado, pretenden ajustar y anclar el salario mínimo y los tabuladores de sueldos al petro fluctuante. Pero resulta que hay dos petros: El marcador en dólares y el que arbitrariamente coloca el gobierno para determinar salario. Entonces, el capricho del gobierno es el que seguirá determinando la fijación del salario mínimo y demás sueldos de la administración pública. Ni de broma el "gobierno obrerista" lo aproxima al que está anclado al precio del barril de petróleo.
Los trabajadores activos, jubilados, pensionados y sobrevivientes, y en particular los educadores, no somos culpables de la crisis y no debemos ni tenemos que seguir cubriendo con nuestra pobreza, el déficit del presupuesto de gastos del Estado despilfarrador y corrupto.

La lucha del magisterio y de los demás trabajadores debe continuar hasta que se conquisten condiciones de vida dignas para todos y hasta que cese el paquete económico hambreador, explotador y esclavista impuesto por la fuerza represiva.

¡Salario real con base a la canasta alimentaria!

¡Respeto a la normativa laboral!

¡Fuera el sindicalismo esquirol, patronal y genuflexo!

¡Salvemos la Educación!

¡Todas las luchas, una sola lucha!

¡Hacia la huelga general!



Movimiento de Educadores "Simón Rodríguez" 
@EducadoresMESR

Asociación de Educadores Jubilados y Pensionados Unidos de la Región Capital
@Asocejuprc

Asociación de Educadores Jubilados y Pensionados Unidos del Estado Aragua 
A.C.E.J.P.U.E.A.