sábado, 18 de enero de 2020

ANTE LA ILEGAL DISCRIMINACIÓN AL EDUCADOR DEL MPPE-ONAPRE 


1) La Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), órgano técnico  dependiente del Ministerio de Planificación que dirige el ex-dirigente estudiantil de la UCV Ricardo Menéndez, venía considerando a los docentes como profesionales de la APN 

2) Pero esta semana publica el "instructivo" y los tabuladores de los nuevos  sueldos y salarios para la Administración Pública Nacional(APN) en la que no aparece el tabulador de los docentes. 

3) Los nuevos tabuladores de la APN publicados por la Onapre, eleva los sueldos y salarios de los Bach, TSU, Profesionales y Obreros, más allá del 66,67% decretado. Las escalas se elevan  hasta un 166% pero a los docentes se los discrimina con un ajuste lineal del mínimo(66,67%) 

4) La discriminación la extiende la  Onapre al mantener el "macabro factor de corrección" en todas las primas y bonos de los educadores, mientras que se los libera al resto de los trabajadores de la APN. Ejemplo: Bonos docentes: 37.500 Bs. Bonos Onapre: Bs 62.500

5) La Prima de Profesionalización docente(Especialista, Magister y Doctorado) se mantiene en 25%, 33% y 35% y al resto de los Trabajadores de la APN se las eleva a 40%, 50% y 60% respectivamente. Igual se hizo con la prima de antigüedad. Ej: Doc 16 años, 19,6%; Onapre: 39%

6) La Onapre alega que los nuevos montos no aplican al  magisterio, porque tenemos convención colectiva, pero resulta que otros sectores de la APN también tienen convención colectiva y se les ajustó hacia arriba. Se les cae ese rebuscado argumento

7) Si la Onapre ahora dice que nos regimos por la Convención Colectiva para negarnos estos nuevos ajustes, ¿por qué se niegan  a cancelarle a los educadores la deuda contractual despojada de 280% que con la recurrencia ya alcanza un 980 %?

8) La Onapre y el MPPE violan los Derechos Humanos Laborales de los Educadores, pues éstos son innatos, universales, inalienables, intransferibles, acumulativos, imprescriptibles, irreversibles, inviolables, irrenunciables, obligatorios, progresivos, indivisibles, etc...

9) El derecho a la igualdad y no discriminación "implica una igualdad jurídica y una igualdad de hecho...Los Estados están en la obligación de adoptar políticas y medidas para que la igualdad se materialice en la cotidianidad del trabajo" (Provea)

10) "El principio de progresividad conlleva la irreversibilidad de los derechos que han sido ya reconocidos como derechos inherentes  a la persona humana, no pueden ser desconocidos ni disminuidos como tales una vez que han sido reconocidos como derechos inherentes a la persona"

11) "Por tanto el Estado no puede restringir de manera inaceptable o arbitraria los derechos humanos ya reconocidos ni revertir un derecho ya reconocido" (Carlos Ayala Corao. Ex pdte. Com.Interamericana DDHH).

12) El MPPE y la Onapre no tienen   argumentos legales ni políticos para negarle al magisterio los aumentos contractuales hasta ahora conculcados con su retroactividad y recurrencia. Los educadores y sus organizaciones sindicales tienen la palabra. 

#DesecharLasIlusiones y #PrepararseParaLaLucha

#AOrganizarLaHuelgaGeneral

#DocentesDiscriminados

#OnapreMppeNeoliberales

Asociación de Educadores Jubilados, Pensionados y Sobrevivientes Unidos de la Región Capital

Movimiento de Educadores Simón Rodríguez.

Asociación de Educadores Jubilados y Pensionados Unidos del Estado Aragua.

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