Raquel Figueroa, Coordinadora Nacional del MESR |
Desde que se inició nuestra demanda por la discusión del Contrato Colectivo y la lucha justa por conquistar un aumento salarial que dignifique y rescate la carrera docente, y por consiguiente, alcanzar nuestro bienestar y el de nuestros familiares, el magisterio ha estado permanentemente amenazado por el patrono. El Ministerio del Poder Popular para la Educación, las Direcciones de las Zonas Educativas, los Distritos Escolares y los que dicen ser “supervisores” se han valido de los más bastos procedimientos para agredir la ética profesional y constreñir el derecho humano de la protesta, la organización y participación.
Con el solo hecho de realizar acciones sindicales colectivas el patrono amenaza, aterroriza, en algunos casos ejecuta traslados inconsultos y levanta procedimientos administrativos irregulares. El despotismo caracteriza a este actual gobierno ministerial educativo, pues su práctica de atropellos ha estado acompañada por el proselitismo político en todos los espacios.
El magisterio venezolano ha hecho historia de luchas por mejorar su calidad de vida, nunca se ha arrodillado a ningún patrono, por el contrario, todas las conquistas que ha logrado han sido por la unidad de acción del gremio, pasando por las reivindicaciones de las primeras Actas Convenio hasta las Convenciones Colectivas alcanzadas.
Hoy nuestra lucha por exigir la discusión y firma inmediata de la VIII Convención Colectiva ha traído atropellos por parte del patrono que se debe atender, de allí que nos dirigimos a dar algunas orientaciones sindicales para fortalecer nuestra justa lucha que aún continúa hasta lograr la firma inmediata del contrato colectivo. Señalamos:
De acuerdo a la letra y espíritu de la norma los trabajadores cuando se encuentran en trámite y negociación de la Convención Colectiva de Trabajo quedan protegidos por el Fuero Sindical o Inamovilidad Laboral. Cito: “Gozarán de fuero sindical o inamovilidad laboral…Los trabajadores y trabajadoras durante la tramitación y negociación de una convención colectiva de trabajo o de un pliego de peticiones a partir del día y hora en que sea presentado por ante la Inspectoría del Trabajo, hasta el término de su negociación o sometimiento a arbitraje” (art. 419, numeral 9 de la LOTTT). Queda entendido en este caso, que desde el 20 de julio fecha que se introdujo el Proyecto de Convención Colectiva el magisterio goza de inamovilidad laboral.
Citamos otro artículo de la LOTTT que refuerza lo planteado anteriormente: “Los trabajadores y trabajadoras que gocen de fuero sindical o inamovilidad laboral, de acuerdo con lo establecido en este Capítulo, no podrán ser despedidos, despedidas, trasladados, trasladadas, desmejorados ni desmejoradas en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector o Inspectora del Trabajo. El despido, traslado o desmejora de un trabajador amparado o trabajadora amparada por fuero sindical o inamovilidad laboral, se considerará nulo y no genera efecto alguno, si no se han cumplido los trámites establecidos en esta Ley, independientemente de las razones esgrimidas para justificar el despido, traslado o desmejora” (art. 418 de la LOTTT).
Es importante resaltarle al magisterio que el sentido legal que tiene el fuero sindical o inamovilidad laboral es para que el Estado garantice y vele por la defensa del interés colectivo de los trabajadores, pero lo que es más trascendente es el resguardo, la seguridad y garantía de la activación del derecho humano como es la autonomía y libertad sindical en el ejercicio de las funciones sindicales. De tal manera, que el patrono Ministro de Educación en el proceso de tramitación de la Convención Colectiva y ahora en la etapa de negociación debe ser garante del cumplimiento de la ley para resguardar las condiciones laborales de los educadores.
Los dirigentes sindicales que integran la Mesa de Negociación deben exponer con firmeza en la primera reunión de negociación de trabajo todos los atropellos a los que ha sido sometido el magisterio y solicitar que el Ministro de Educación oriente a todos los Directores de las Zonas Educativas para que no haya más atropellos y se constituya el estado de derecho.
Señor Presidente de la República
Señor Ministro de Educación
Inspectoría Nacional de Trabajo
En esta etapa de negociación de la Convención Colectiva demandamos el cumplimiento del fuero sindical o la inamovilidad laboral para todos los educadores.
Profesora Raquel Figueroa
Dirigente sindical de FENAPRODO-CPV
Coordinadora Nacional del Movimiento de Educadores Simón Rodríguez
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